¿Cuál es el propósito del seguro de vida?
El propósito del Seguro de Vida es otorgar una indemnización a los beneficiarios o herederos legales en caso de fallecimiento del Asegurado. Este beneficio consiste en una suma de dinero llamada Capital Asegurado que puede pagarse de una sola vez o bien en forma de una renta financiera. Los destinatarios de esta suma de dinero son los beneficiarios designados en la póliza. Estos pueden ser los familiares del Asegurado, sus socios, sus acreedores, etc. Para determinar qué tipo de Seguro de Vida se necesita contratar se deben analizar las necesidades de la familia en caso de fallecimiento del generador de ingresos. El Seguro de Vida y/o el Seguro de Vida con ahorro tienen por objeto:

  1. Proveer ingresos al cónyuge e hijos por un plazo determinado.
  2. Proveer ingresos para la educación de los hijos.
  3. Cancelar saldos de deuda (hipotecarios, prendarios, crediticias o personales)
  4. Pagar las deudas finales del Asegurado, tal como servicios médicos, fúnebres, etc.
  5. Proveer un fondo para una futura jubilación.

En definitiva, el Seguro de Vida da una seguridad económica a los beneficiarios cuya estabilidad financiera pueda verse amenazada ante la muerte del Asegurado.

¿Qué se debe saber al contratar un seguro de vida?
Para contratar una póliza, el Asegurado debe completar un formulario denominado "Solicitud del Seguro". Este formulario requiere información personal y médica, el tipo de póliza y Capital Asegurado que se quiere contratar. La Compañía utiliza ésta información para determinar si emitirá la póliza o no, por lo tanto, es importante que se contesten todas las preguntas completa y honradamente, de lo contrario la cobertura puede ser afectada. Si una persona ajena completa la solicitud en lugar del Asegurable, éste deberá examinar su exactitud antes de firmarla. Cuando la póliza es emitida, la solicitud se convierte en parte de la misma y, cualquier información errónea que se haya hecho puede resultar en la disminución del Capital Asegurado, de la cobertura, en la rescisión o la nulidad de la póliza.

¿Los Seguros de Vida se pueden contratar en forma Individual o Colectiva?
Los seguros individuales pueden ser con capitalización (o ahorro) o estrictamente de riesgo puro, o sea que la prima que deba pagar el asegurado no tiene ningún componente de ahorro. Estos últimos seguros están destinados a protección exclusivamente sin ninguna perspectiva de inversión.
Los seguros colectivos se pueden contratar con la finalidad de múltiples intereses asegurables, empleados de un mismo empleador, asociados de una misma sociedad, afiliados de una misma institución, deudores de un mismo acreedor. Con ellos se podrán cubrir obligaciones laborales, deudas o el interés de previsión que pueda tener un grupo y que desee contratar un seguro colectivo por intermedio de la entidad que los agrupa quien celebrará el contrato y podrán estar a su cargo la primas correspondientes.

¿Qué significa la agravación del riesgo?
La decisión de la Compañía de asegurar la vida de un Asegurado se basa en la solicitud, el examen médico, si es requerido, declaraciones del médico del Asegurable y cuestionarios especiales. Si el Asegurador determina que el Asegurable cae en una clase subestándar (o sea que el riesgo de muerte es mayor a lo normal), su cobertura se considera un riesgo agravado, lo que significa que la prima será mayor que la de una prima normal o estándar. Se debe tener en cuenta que una clasificación subestándar se basa en el juicio individual de un Asegurador y los requisitos de una Compañía. Es posible que una Compañía diferente conceda una clasificación más baja o más alta. Esta es otra razón para comparar al comprar Seguros de Vida. Una vez contratado el seguro, se debe tener en cuenta que en las pólizas de Seguros de Vida deben estar especificados los casos en que el Asegurado debe denunciar la agravación del riesgo. Si no lo hace, la Compañía puede rescindir el contrato.

¿Cómo contratar un seguro de vida?
Para contratar tu seguro de vida, HAY que completar un formulario denominado "Solicitud del Seguro".
Es importante que los datos de la Solicitud sean EXACTOS, especialmente los datos de edad, ocupación, enfermedades preexistentes, etc. ya que cualquier inexactitud en estos datos puede provocar la anulación de la póliza.
En la Solicitud del Seguro, se completa:

Información personal:

Datos personales: nombre, fecha de nacimiento, sexo, documento, lugar de residencia, estado civil, ocupación, etc.
Actividad que desempeña: esto se utiliza para especificar el riesgo de la tarea que realizas, por la cual pueden o no tomarle la póliza.
Deportes u hobbies: debe detallar bien qué deportes práctica y cuales son sus hobbies, porque puede realizar deportes de alto riesgo que van a ser tomados en cuenta al momento de asegurarlo por parte de la compañía.
Agravación del riesgo: debe informar a la compañía, antes de producirse, cualquier cambio o desempeño paralelo de profesión o actividad que pueda agravar el riesgo del asegurador.
Si los cambios agravan el riesgo de tal manera, que de haber existido antes de la contratación, el asegurador no hubiera emitido la póliza, podrá rescindir el contrato.

Información médica:

Las compañías tienen una tabla de requisitos de selección para la aceptación de las pólizas donde se tiene en cuenta: La EDAD y el CAPITAL A ASEGURAR y según esto le van a pedir:
Declaración jurada de salud: La solicitan en la mayoría de las compañías, es un cuestionario donde el asegurado deberá responder una serie de preguntas acerca de su estado de salud. Es importante declarar las enfermedades preexistentes.

  • EXAMEN MÉDICO Y ANÁLISIS
  • EXAMEN MÉDICO, ANÁLISIS Y ELECTROCARDIOGRAMA EN REPOSO
  • EXAMEN MÉDICO, ANÁLISIS, ELECTROCARDIOGRAMA EN REPOSO, RADIOGRAFÍA DE TÓRAX Y LABORATORIO COMPLETO.
  • A MEDIDA QUE VA AUMENTANDO EL CAPITAL A ASEGURAR Y LA EDAD SE SOLICITAN MÁS EXÁMENES.

La mayoría de las compañías ponen un plazo para enfermedades preexistentes, que por lo general son de un año. Este plazo no puede ser invocado cuando el asegurado fallezca por consecuencia de un accidente durante el período de ese año. Entendemos por enfermedad preexistente la que el asegurado padeciera desde antes de la vigencia de su póliza

Tipo de cobertura

Capital asegurado que se requiere contratar

La designación de los beneficiarios en caso de siniestro


Cláusulas adicionales:
Las compañías de seguro de vida, generalmente, permiten agregar a los distintos tipos de seguros cláusulas adicionales, según la necesidad o conveniencia de quien las quiera contratar. En caso de optar por alguna de ellas, las mismas se especificarán en la Solicitud de Seguro de Vida.
Las carencias son los períodos de tiempo, que suelen ir de uno a tres meses, que se establecen en la póliza para acceder al beneficio.

Puntos a tener en cuenta cuando se contrata un seguro de vida

  • Inicio y fin de cobertura: En el Frente de Póliza debe estar claramente especificado el inicio y el fin de vigencia de la póliza.
  • El Asegurable deberá tener presente que, cuando la cobertura del seguro finalice a una edad avanzada (mayor a 60 años), le será muy difícil renovar o contratar un nuevo seguro.
  • Capital Asegurado: El Asegurado debe tener en cuenta si existe alguna reducción de Capital a una determinada edad.
  • El Asegurable deberá tener en cuenta si existen Carencias y/o Franquicias estipuladas en la póliza y, de ser así, si las mismas se adecuan a sus necesidades.
  • En los Seguros de Vida Individuales, la Compañía está obligada a entregar la póliza al Asegurado.
  • El beneficio del seguro deberá ser abonado por la Compañía dentro de los 15 días de presentadas las pruebas requeridas.
  • El seguro se puede celebrar sobre la vida del Contratante o de un tercero. En el caso de los Seguros de Vida, se requiere el consentimiento por escrito del tercero o de su representante legal si fuera incapaz.
  • No se pueden contratar seguros de muerte sobre la vida de los interdictos y de los menores de 14 años.
  • Una vez transcurridos tres años interrumpidos desde el inicio de vigencia de la póliza, la Compañía está obligada a cubrir el suicidio voluntario.

¿Qué tipos de Seguros de Vida hay?
Básicamente podemos dividir en 4 grandes grupos a los seguros de vida según:

  • DURACION
    Seguros Temporarios o seguros de vida entera: En el seguro de Vida entera se cubre la muerte del asegurado durante toda la vida, mientras que en el seguro temporario la cobertura solo se otorga durante un determinado plazo de tiempo preestablecido en la póliza.
  • EL TIPO DE PRIMAS
    Seguros a Prima Nivelada (la Prima es constante durante el plazo de pago de primas) y a Prima de Riesgo (la prima aumenta cada año en función de la edad del asegurado)
  • LA CANTIDAD DE ASEGURADOS CUBIERTOS EN LA POLIZA
    Seguros Individuales, Seguros Colectivos y o seguros de Varias Cabezas
    (este caso se abona la suma en caso de que fallezca el primero ó el último del grupo de asegurados)
  • LA FLEXIBILIDAD DEL PAGO DE LAS PRIMAS
    Seguros de Vida tradicionales y Seguros de Vida con ahorro.

Seguros Individuales

Seguros Temporarios
El Capital de este seguro es pagadero inmediatamente después de la muerte del Asegurado, si ésta ocurre antes de terminar el plazo convenido para la duración del seguro. Si la persona vive al final del contrato, queda cancelado el seguro y a favor del Asegurador la prima o primas pagadas. Estos seguros se pueden contratar con capitales constantes, crecientes o decrecientes, por períodos anuales (Seguro Temporario Renovable Anualmente) o por un plazo mayor (5, 10 años, etc.) o hasta determinadas edades (65, 70 años, etc.). Este seguro tiene la opción de renovabilidad hasta un número determinado de períodos adicionales; esto permite al Asegurado, cuando termina el primer período, optar a la renovación del contrato por otro plazo igual, sin necesidad de examen médico, cualquiera sea el estado de salud del Asegurable en ese momento. Se debe tener en cuenta que el valor de la prima será mayor en caso de renovarse el seguro, ya que ésta se calcula en función de la edad alcanzada a ese momento. La desventaja de este tipo de seguros es que no es usual que otorguen cobertura a edades avanzadas.
Los planes más comunes son:

  • Seguro Temporario Renovable Anualmente: La prima aumenta anualmente en función de la edad alcanzada por el Asegurado. Se cubre el riesgo de fallecimiento de año en año.
  • Seguro Temporario por un número determinado de años: Se cubre el riesgo de fallecimiento por el período estipulado por el Asegurado.
  • Seguro Temporario Decreciente: El Capital Asegurado disminuye anualmente. Estas pólizas se comercializan con frecuencia como protección para saldos deudores, disminuyendo el Capital Asegurado a medida que se reduce la deuda.
  • Seguro Temporario Creciente: El Capital Asegurado aumenta anualmente. El interés de esta modalidad reside en mantener el poder adquisitivo del Capital Asegurado con el paso de los años.
  • Seguro Temporario con devolución de Primas: Este seguro combina el seguro temporario para el caso de fallecimiento con un seguro en caso de llegar con vida al final del período que, generalmente, reembolsa un capital equivalente a la suma de todas las primas pagadas (o un porcentaje de ésta) durante la vigencia de la póliza.
  • Educacionales: Son seguros temporarios donde la indemnización a pagar en caso de muerte del Asegurado es una renta financiera destinada a cubrir la cuota del colegio o la facultad del beneficiario. Generalmente, el beneficiario es el hijo del Asegurado.

Seguro de Vida Entera como el Vida Pagos Limitados
Tanto el Seguro de Vida Entera como el Vida Pagos Limitados proveen de cobertura al Asegurado durante toda su vida. En el Seguro de Vida Entera la prima es pagadera durante toda la vida, mientras que en el Seguro de Vida Pagos Limitados las primas se pagarán durante un número determinado de años, siendo en consecuencia más elevadas que en el caso anterior. Generalmente, el período de pago de primas concluye en aquellos años en que se supone que el Asegurado tendrá una capacidad adquisitiva más reducida. En ambos casos, durante los primeros años, la prima excede el costo del seguro. Esta prima adicional pasa a formar parte de una reserva que ayuda a pagar la póliza en los años posteriores, cuando el costo del seguro excede la prima.

Seguro de vida universal
El seguro de vida universal está orientado al ahorro. En general, se comercializa proponiendo al Asegurable disponer de un ahorro a la edad de jubilación pero también para otros fines específicos (pagar la facultad de un hijo, etc.). Este seguro se maneja a través de una Cuenta Individual donde se acreditan las primas y los intereses y se debitan el costo del seguro y los gastos. En general, las Compañías garantizan que cobrarán como máximo ciertas tasas de mortalidad y ciertos gastos. La ventaja esencial de este tipo de seguros es la flexibilidad. En base al Capital Asegurado y al plazo de cobertura (generalmente es de por vida), la Compañía calcula una prima planeada a cobrar, pero el Asegurado puede pagar por encima o por debajo de ésta y hasta puede no pagar, siempre que el saldo de su Cuenta Individual lo permita. El Asegurado también puede cambiar la indemnización estipulada por muerte con mayor facilidad que en los seguros tradicionales. La póliza normalmente le da opción de seleccionar dos tipos de beneficios por muerte. Bajo una opción, los beneficiarios reciben sólo el Capital Asegurado y, por la otra, reciben el Capital Asegurado más el saldo de la Cuenta Individual al momento del fallecimiento. La primera opción es más económica que la segunda. Además, el Asegurado puede efectuar retiros parciales de su Cuenta Individual. En cuanto a los intereses, generalmente se garantiza una tasa anual del 4% y, por encima de ésta, se calculan Intereses Excedentes en función de la tasa de rendimiento realmente obtenida por la Compañía por sus inversiones financieras. Estos intereses excedentes generalmente se reconocen en forma anual. La prima planeada calculada por la Compañía está diseñada para mantener la póliza en vigor por el plazo de cobertura estipulado y acumular el ahorro previsto. Esta prima se calcula teniendo en cuenta las tasas de mortalidad, los gastos y el interés a acreditar. Es importante que las suposiciones con respecto a los intereses sean realistas porque, de no serlo, es posible que el Asegurado deba pagar más para evitar que la póliza caduque. También se debe tener en cuenta que si el Asegurado paga por debajo de la prima mínima muchas veces o hace varios retiros parciales puede verse privado de cobertura antes de lo previsto.

Seguro Dotal
El Seguro Dotal provee el pago del Capital Asegurado a los beneficiarios en caso de fallecimiento dentro del período cubierto por la póliza. En caso de que el Asegurado alcance con vida al fin del período de cobertura, se abona un Capital Asegurado que será menor o igual al estipulado en caso de muerte. La prima de este seguro es más cara que la de un seguro temporario porque a la cobertura por muerte se le adiciona la cobertura por supervivencia. La finalidad de este seguro es la de ahorrar un capital que permita hacer frente a distintas necesidades que pueda tener el Asegurado al fin del plazo de cobertura, como ser pagar la educación de los hijos, obtener una jubilación adicional, etc. y al mismo tiempo, proteger a los beneficiarios de los problemas que podría ocasionar la muerte del Asegurado.

Planes Senior
Los Planes Senior ofrecen cobertura de muerte a personas mayores de 60 o 65 años. Los Planes de Aceptación Garantizada son comercializados a través de la venta masiva, generalmente por telemarketing, no efectuándose una declaración jurada de salud por parte del Asegurado. Son planes que otorgan la misma cobertura que los planes de vida entera excepto durante los primeros años (generalmente los dos primeros), en los cuales se cubre únicamente la muerte por accidente. Esta es una medida que toma la Compañía por asumir un riesgo mayor al brindar cobertura a personas de edades avanzadas o a personas que no completan una declaración de salud.

Seguros de Varias Cabezas
Estos seguros se ofrecen para matrimonios y para socios de una empresa. La cobertura consiste en el pago del Capital Asegurado cuando fallece el primero o el último de los Asegurados. Cuando el seguro a primer fallecimiento cubre a los socios de una empresa, la idea es que el Capital del Asegurado que fallece pueda ser utilizado para comprar, por parte de los socios sobrevivientes, su parte del paquete accionario a los herederos legales del socio fallecido. Este seguro también suele ser comercializado para aquellos matrimonios con ingreso dual, en los cuales la muerte de cualquiera de los cónyuges puede significar una perdida importante de los ingresos familiares.

Cláusulas adicionales
Al momento de contratar una póliza de Seguro de Vida, la Compañía puede ofrecer al Asegurado ciertos beneficios suplementarios o adicionales. La incorporación de una cláusula adicional implica un costo extra, por encima de la prima del seguro principal, y puede requerir que el Asegurado presente distintas pruebas de asegurabilidad.
Las Cláusulas Adicionales más comunes son:

Cláusulas de Accidentes

  • Indemnización por Muerte Accidental: En caso de muerte por accidente, la Compañía abonará un Capital adicional al de la cobertura principal.
  • Indemnización por Pérdidas Parciales por Accidente: En el caso de pérdidas parciales a causa de un accidente, la Compañía abonará un Capital Asegurado equivalente a un porcentaje del Capital correspondiente al de la cobertura principal de acuerdo al tipo de pérdida ocurrido.

Cláusulas de Invalidez

  • Invalidez Total y Permanente: En caso de que el Asegurado se invalide en forma total y permanente, la Compañía abonará un Capital equivalente al de la cobertura principal, quedando así rescindida la póliza. Esta cláusula puede otorgar cobertura para las invalideces producidas como consecuencia de enfermedad y/o accidente o sólo por accidente.
  • Exención del Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente: En caso de que el Asegurado se invalide en forma total y permanente, la Compañía toma a su cargo el pago de las primas de la cobertura principal a partir del momento de la invalidez hasta el final del período de pago convenido. La cobertura queda en vigor y sin ningún costo para el Asegurado.

Cláusulas de Salud

  • Transplantes: El beneficio está dado por el pago del Capital Asegurado estipulado para cada transplante. Los transplantes generalmente cubiertos son: Médula Ósea, Corazón, Pulmón, Hígado, Páncreas, Córnea, Corazón - Pulmón.
  • Intervenciones quirúrgicas / no quirúrgicas: Las intervenciones cubiertas están estipuladas en el contrato y el beneficio consiste en abonar al Asegurado un valor indemnizatorio establecido en póliza o el costo de la intervención realizada siempre que dicho importe no supere el Capital máximo estipulado para cada una de ellas.
  • Enfermedades Graves: El beneficio consiste en el pago del Capital Asegurado establecido para cada enfermedad. El beneficio puede consistir en el pago adelantado de un porcentaje del beneficio establecido por fallecimiento o en el pago de un Capital Asegurado adicional al de fallecimiento. Las enfermedades generalmente cubiertas son: Cáncer, Infarto de Miocardio, Accidente cerebrovascular, Cirugía Arterio- coronaria (By-Pass)
  • S.I.D.A.: El beneficio puede estar dado por el reintegro de los gastos incurridos por el tratamiento de la enfermedad hasta el límite del Capital Asegurado contratado (estipulado en el contrato) o el pago del Capital Asegurado en un monto único o en la cantidad de cuotas establecidas en el contrato (en caso de fallecimiento del Asegurado sin haber percibido el total del Capital Asegurado, el remanente debe ser abonado a los beneficiarios o herederos legales)
  • Alta Complejidad Médica: Similar a la cobertura de intervenciones quirúrgicas, en este caso las intervenciones cubiertas sólo corresponden a operaciones de alta complejidad.
  • Prótesis: Las prótesis cubiertas están estipuladas en el contrato y el beneficio está dado por el pago del valor de la misma siempre que no supere el Capital Asegurado máximo fijado para cada una de ellas.
  • Hemodiálisis por Insuficiencia Renal Crónica Ambulatoria: El beneficio consiste en el reembolso de los gastos ocasionados por tratamiento y honorarios médicos relacionados con la enfermedad. Se abona hasta un máximo mensual por la cantidad máxima de meses estipulada en el contrato.
  • Renta Diaria por Internación: El beneficio está dado por el pago del valor de la renta diaria estipulado en la póliza para cada día de internación hasta un máximo de días estipulado en la póliza.

Cláusulas Varias

  • Cláusula de Cónyuges y de Cónyuges e Hijos: Generalmente se incluyen en los Seguros Colectivos y están destinadas a incorporar en la cobertura en caso de muerte a los cónyuges e hijos. También las Cláusulas de Salud pueden incorporar a los cónyuges e hijos.
  • Hijo Póstumo: En caso de que el Asegurado fallezca y su cónyuge dé a luz a su hijo dentro de los 270 días de fallecido el mismo, la Compañía abonará un Capital adicional.
  • Desempleo: Esta Cláusula sólo puede comercializarse con Seguros de Vida contratados para proteger deudas (Seguros de Deudores y Escolares/Educacionales). En caso de que el Asegurado quede desempleado, la Compañía abonará las cuotas del préstamo o del colegio del hijo del Asegurado.

¿Qué opciones de liquidación existen en caso de fallecimiento?
En caso de fallecimiento, la liquidación puede ser:

  • En un solo pago.
  • En una renta periódica durante el tiempo que arregle con la compañía aseguradora.
  • En una renta vitalicia a través de una Compañía de Seguros de Retiro. La Compañía de Seguros estará obligada a pagar la prestación que corresponda desde el momento en que se suscribe el contrato y hasta el fallecimiento.

El importe a indemnizar en caso de fallecimiento es inembargable y no sujeto a impuestos para sus familiares.

 

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